lunes, 23 de septiembre de 2019

Declaración Sucesoral en Venezuela.

En Venezuela el ente encargado para recibir las Declaraciones de patrimonio una vez fallecida una persona es el SENIAT (Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria).

Anteriormente las declaraciones se efectuaban en unas muy engorrosas planillas que el mismo Ente distribuía, ahora con un poco de avance en la Tecnología, dicho Ente modificó la forma de presentación de las mismas, ya que ahora se hacen  en planillas que se cargan en  linea y una vez llenada en su totalidad de se descarga e imprimen, a través del mismo portal del Seniat.

Antes debía ser efectuada por un abogado dicha declaración, hoy mismo se efectúa por las mismas personas familiares del causante y solo en algunos casos contactan con abogados, por supuesto que siempre es la mejor opción ya que por la especialidad de la materia y muchas veces por lo complejo de la herencia y relaciones familiares después de fallecer un ser querido, es el que tiene mas experiencia, para poner todo en orden y preparar de la mejor manera la declaración dentro del lapso establecido en la Ley sobre sucesiones donaciones y demás ramos conexos.

Lo primero que se debe hacer es, hacer la inscripción en el Seniat, del rif para sucesiones, siguiendo los pasos que el mismo sistema indica. Posteriormente hacer la Inscripción de la Sucesión en linea a través del mismo portal, donde deberá tener un correo con usuario y clave activa para ingresar y poder completar la declaración. Lo primero que se debe hacer al momento de presentar una declaración sucesoral ante el Seniat, es lo siguiente: 

Obtener el Rif sucesoral, el cual se solicita en el mismo portal del Seniat segun los pasos y recaudos establecidos por el sistema. Asimismo se debe contar con la documentacion pertinente, los cuales son los siguientes: 

Original y copia del acta de defunción,
copia del rif de la sucesión, 
Original y copia de la partida de nacimiento, 
Copia de cédula de identidad y rif de hijos, cónyuges,
Original y copia de  acta de matrimonio si el difunto era casado o de declaratoria de unión estable de hecho (Concubinato)
copia cédula de identidad  y rif del difunto, 
copia de la cédula de identidad, rif e inpre del abogado si fuere el caso.
Original y copia de documentos de los activos (inmuebles, acciones, prestaciones por  pagar, vehículos, activos en bancos, entre otros), pasivos 
Original y copia de estados  de cuenta bancario, en el caso de acciones, balance de la empresa que emite las acciones así como el valor venal de las mismas, copia del documento de las prestaciones.
En cuanto a los desgravamenes , solo se consideran desgravamen la vivienda principal la cual puede declarar principal y las prestaciones sociales.

Una vez declarado, tanto, los activos, pasivos, exensiones, exoneraciones
, desgravamenes y reducciones. Se revisa muy bien en detalle todo lo declarado, se le da a la opción declarar en el sistema, se efectúa el pago correspondiente del impuesto en caso de pago, y luego en carpetas marrones en original y copia se presenta la declaración en la Oficina Regional de Tributo que corresponda según donde se encuentren los bienes.

Nota: Se aconseja verificar en cada oficina regional, días de presentación de las sucesiones, cuantas carpetas, cuantas copias, días de revisión, entre otras cosas a los fines de poder ser mas asertivo en su presentación.

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