viernes, 7 de junio de 2013

Tips sobre vacaciones Pagadas y no disfrutadas, Bono nocturno, Enfermedad ocupacional y Estres Laboral. Jurisprudencia Laboral.

VACACIONES PAGADAS Y NO DISFRUTADAS: el Tribunal Superior 9º del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, sentenció en fecha 29/04/13, que aun cuando se hayan pagado las vacaciones al trabajador, si este tuvo que prestar servicios en el período que se supone debió disfrutar de sus vacaciones, éstas deberán ser canceladas nuevamente al finalizar la relación de trabajo, como si se tratara de vacaciones vencidas. 
 
BASE DE CÁLCULO DEL BONO NOCTURNO: mediante sentencia de fecha 10/05/13, la Sala de Casación Social del TSJ señaló que para calcular el recargo del 30% por concepto de bono nocturno, en los casos de salario mixto, se debe sumar la porción fija y la variable del salario, y al total obtenido aplicarle el porcentaje de recargo establecido en la Ley. 
 
-AGRAVAMIENTO DE ENFERMEDAD OCUPACIONAL: Mediante sentencia de fecha dieciséis 16/05/13, la Sala de Casación Social del TSJ, señaló que la discapacidad ocasionada por el agravamiento de una enfermedad, da lugar a considerar dicha patología como ocupacional, aun cuando su origen no haya sido con ocasión del trabajo. 
 
-ESTRÉS LABORAL: La Sala de Casación Social del TSJ, dictó sentencia, de fecha 20/02/13, dónde declara procedente la indemnización de daño moral por estrés laboral sobre la base de la Teoría del Riesgo Profesional, independientemente de la existencia o no del hecho ilícito del patrono; es decir, el incumplimiento de la normativa en materia de seguridad y salud en el trabajo.
 

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