Caracas, 22 de mayo de 2013
203° y 154°
RESOLUCIÓN N° 2013-0011
El
Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de las atribuciones que le
confiere el artículo 267 de la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela, en concordancia con los artículos 1 y 2 in fine de la Ley
Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
CONSIDERANDO
Que la Resolución N° 728 de fecha 6 de mayo de 1996, publicada
en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 35.953, de fecha 7
de mayo de 1996, dictada por el extinto Consejo de la Judicatura,
dispuso la creación de un Juzgado de Parroquia con competencia exclusiva
y excluyente para recibir las consignaciones de cánones de
arrendamientos.
CONSIDERANDO
Que
la Resolución N° 100 de fecha 19 de julio de 1999, publicada en la
Gaceta Oficial 36.759, de fecha 6 de agosto de 1999, dictada por el
extinto Consejo de la Judicatura, modificó la estructura organizativa de
los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área
Metropolitana de Caracas, y creó el Juzgado Vigésimoquinto de Municipio
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas,
atribuyéndole la competencia exclusiva y excluyente, en materia de consignaciones de cánones de arrendamientos.
CONSIDERANDO
Que para realizar actividades de reorganización administrativa y contable y certificar
los saldos reales de los expedientes existentes y con fundamento en la
Disposición Transitoria Novena de la Ley para la Regularización y
Control de los Arrendamientos de Vivienda, publicada en la Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.053 Extraordinario
de fecha 12 de noviembre de 2011, se ordenó la suspensión del despacho
en el Juzgado Vigésimo Quinto de Municipio,
CONSIDERANDO
Que
de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, el Estado garantizará a los ciudadanos y
ciudadanas una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea,
transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y
expedita.
CONSIDERANDO
Que
la Resolución N° 2011-0051, de fecha 26 de octubre de 2011, emanada de
la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta
Judicial N°13, de fecha 05/03/2012, en su artículo 21, establece la
creación de una Oficina de Control de Consignaciones y en su último
aparte la posibilidad de crear una Oficina de Control de consignaciones
de Arrendamientos Inmobiliarios (OCCAI) en los Circuitos Civiles.
RESUELVE
Artículo 1.
Se incorpora a la sede del Circuito Judicial de los Tribunales de
Municipio del Área Metropolitana de Caracas, ubicado en los Cortijos de
Lourdes, la Oficina de Control de Consignaciones (fondos de terceros) y
se crea la Oficina de Control de Consignaciones de Arrendamientos
Inmobiliarios solo para locales comerciales (OCCAI).
Artículo 2.
La Oficina de Control de Consignaciones de Arrendamientos Inmobiliarios
de locales comerciales (OCCAI), recibirá el pago de éstos, tanto de las
causas que se encuentran en curso en el Juzgado Vigésimo Quinto de
Municipio, como las que se aperturen a posteriori.
Artículo 3. La
Oficina de Control de Consignaciones de fondos de terceros y la Oficina
de Control de Consignaciones de Arrendamientos Inmobiliarios de locales
comerciales (OCCAI), deberán llevar los registros establecidos en el
artículo 21 de la resolución supra señalada, en concordancia con los
registros exigidos en el artículo 12, del instrumento normativo sobre
los Registros Judiciales (Libro de Consignaciones, Libro Auxiliar de
Banco, Libro de Control de Libretas y Cuentas de Ahorro, Registro de
Control de Títulos Valores u otros instrumentos financieros y cualquier
otro control administrativo para mejor funcionamiento de las referidas
Oficinas).
Artículo 4. La
Dirección Ejecutiva de la Magistratura mediante la Dirección de
Informática, implantará el programa automatizado que haga más efectiva
la contabilidad en las referidas Oficinas de Control de Consignaciones.
Artículo 5. La
Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante resolución,
providencia, manual o instructivo regulará lo no establecido en la
presente Resolución.
Artículo 6. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.
Artículo 7. Se ordena la publicación de la presente Resolución en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y en la Gaceta Judicial
sin que tal publicación condicione su vigencia; así mismo, se acuerda
librar un cartel que se fijará en la puerta del Juzgado Vigésimoquinto
de Municipio de la Circunscripción Judicial de Área Metropolitana de
Caracas, una publicación en un diario de circulación nacional y en la
página web de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.
Artículo 8.
Se derogan las disposiciones contenidas en todas aquellas resoluciones
que regulen la materia a la que se refiere la presente y que colidan con
su texto.
Comuníquese y publíquese.
Dada,
firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de
Justicia, en Caracas, a los veintidós (22) días del mes de mayo de dos
mil trece. Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
LA PRESIDENTA,
GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
PRIMER VICEPRESIDENTE, SEGUNDA VICEPRESIDENTA,
FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA DEYANIRA NIEVES BASTIDAS
Los Directores,
EMIRO GARCÍA ROSAS YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA
LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
Los Magistrados,
FRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ EVELYN MARRERO ORTIZ
MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ ISBELIA PÉREZ VELÁSQUEZ
HÉCTOR CORONADO FLORES CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
LUIS ANTONIO ORTIZ HERNÁNDEZ MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
CARMEN ZULETA DE MERCHÁN ARCADIO DELGADO ROSALES
JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER TRINA OMAIRA ZURITA
JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO OSCAR JESÚS LEÓN UZCÁTEGUI
MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA PAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
YANINA BEATRIZ KARABÍN DE DÍAZ EMILIO ANTONIO RAMOS GONZÁLEZ
AURIDES MERCEDES MORA YRAIMA DE JESÚS ZAPATA LARA
OCTAVIO JOSÉ SISCO RICCIARDI SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
CARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA URSULA MARÍA MUJICA COLMENAREZ
La Secretaria,
OLGA M. DOS SANTOS P.
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