miércoles, 4 de marzo de 2015

Conozca 11 formas de violencia contra la mujer.


Fuente Ultimas Noticias 04/03/2015.
Norma Rivas Herrera.- “La Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de 2006 en su artículo 15 presenta 21 formas de violencia de género. Al hablar del tema lo primero que tenemos que decir es que ninguna mujer está exenta de sufrir en algún momento de su vida una agresión, ya que esta no respeta color, religión, condición social ni profesión”.

Así se expresa Rocío Gómez, licenciada en Trabajo Social con experiencia en la prevención de la violencia de género, quien señala que hay que romper con el mito de que las mujeres sujetas a situaciones de violencia de género son las mujeres pobres, las que viven en los sectores populares, “y resulta que no es así, a veces los niveles de violencia más fuertes o los mas descabellados se pueden dar en los estratos de la sociedad con mejores condiciones económicas, y que por mantener una posición y las apariencias se oculta y les cuesta muchas veces tomar la decisión de denunciar ante los órganos receptores de denuncia”.

Gómez recomienda a las mujeres pensar que ellas no tienen por qué soportar relaciones donde se vulneren sus derechos, buscar ayuda y no aislarse, porque eso permite al agresor actuar sin testigos y con toda la impunidad, pues no tiene a nadie que le haga saber que está cometiendo un delito y no tiene tampoco quien moralmente le cuestione sus actos.

“Otros elementos a considerar es tener siempre saldo en el teléfono, y dinero para agarrar un taxi si tienen que resguardarse. Ante la presencia de una escena violenta lo mejor es ver la situación y tomar control visual de las posibles salidas, no engancharse si la pareja se vuelve violenta. Si se puede salir de la casa salga, y regrese cuando crea que la situación está calmada. Esta actitud le puede salvar la vida”, dijo la especialista en el tema.


1.- Violencia psicológica Es toda conducta activa u omisiva ejercida en deshonra, descrédito o menosprecio al valor o dignidad personal, tratos humillantes y vejatorios, vigilancia constante, aislamiento, marginalización, negligencia, abandono, celotipia, comparaciones destructivas, amenazas y actos que conllevan a las mujeres víctimas de violencia a disminuir su autoestima, a perjudicar o perturbar su sano desarrollo, a la depresión e incluso al suicidio.

2.- Acoso u hostigamiento
 Es toda conducta abusiva y especialmente los comportamientos, palabras, actos, gestos, escritos o mensajes electrónicos dirigidos a perseguir, intimidar, chantajear, apremiar, importunar y vigilar a una mujer, que pueda atentar contra su estabilidad emocional, dignidad, prestigio, integridad física o psíquica, o que pueda poner en peligro su empleo, promoción, reconocimiento en el lugar de trabajo o fuera de él.

3.- Amenaza 
Es el anuncio verbal o con actos de la ejecución de un daño físico, psicológico, sexual, laboral o patrimonial con el fin de intimidar a la mujer, tanto en el contexto doméstico como fuera de él.

4.- Violencia física Es toda acción u omisión que directa o indirectamente está dirigida a ocasionar un daño o sufrimiento físico a la mujer, tales como: lesiones internas o externas, heridas, hematomas, quemaduras, empujones o cualquier otro maltrato que afecte su integridad física.

5.- Violencia doméstica Es toda conducta activa u omisiva, constante o no, de empleo de fuerza física o violencia psicológica, intimidación, persecución o amenaza contra la mujer por parte del cónyuge, el concubino, ex cónyuge, ex concubino, persona con quien mantiene o mantuvo relación de afectividad, ascendientes, descendientes, parientes colaterales, consanguíneos y afines.

6.- Violencia sexual Es toda conducta que amenace o vulnere el derecho de la mujer a decidir voluntaria y libremente su sexualidad, comprendiendo esta no solo el acto sexual, sino toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital, tales como actos lascivos, actos lascivos violentos, acceso carnal violento o la violación propiamente dicha.

7.- Acceso carnal violento Es una forma de violencia sexual en la cual el hombre, mediante violencias o amenazas, constriñe a la cónyuge, concubina o persona con quien hace vida marital o mantenga unión estable de hecho o no, a un acto carnal por vía vaginal, anal u oral, o introduzca objetos sea cual fuere su clase, por alguna de estas vías.

8.- Prostitución forzada 
Se entiende por prostitución forzada la acción de obligar a una mujer a realizar uno o más actos de naturaleza sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza, o mediante coacción como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la opresión psicológica o el abuso del poder, esperando obtener o haber obtenido ventajas o beneficios pecuniarios o de otro tipo, a cambio de los actos de naturaleza sexual de la mujer.

9.- Esclavitud sexual Se entiende por esclavitud sexual la privación ilegítima de libertad de la mujer, para su venta, compra, préstamo o trueque con la obligación de realizar uno o más actos de naturaleza sexual.

10.- Acoso sexual Es la solicitud de cualquier acto o comportamiento de contenido sexual, para sí o para un tercero, o el procurar cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado que realice un hombre prevaliéndose de una situación de superioridad laboral, docente o análoga, o con ocasión de relaciones derivadas del ejercicio profesional, y con la amenaza expresa o tácita de causarle a la mujer un daño relacionado con las legítimas expectativas que esta pueda tener en el ámbito de dicha relación.

11.- Violencia laboral Es la discriminación hacia la mujer en los centros de trabajo: públicos o privados que obstaculicen su acceso al empleo, ascenso o estabilidad en el mismo, tales como exigir requisitos sobre el estado civil, la edad, la apariencia física o buena presencia, o la solicitud de resultados de exámenes de laboratorios clínicos, que supeditan la contratación, ascenso o la permanencia de la mujer en el empleo. Constituye también discriminación de género en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual salario por igual trabajo.
DÓNDE DENUNCIAR

Centro de Estudios de la Mujer CEM-UCV, Av. Neverí, CC Los Chaguaramos, piso 10. Of. 10-4. Telf.: (0212) 693.3285.
Avesa Av. Anauco y calle Roraima, Qta. Avesa, San Bernardino. Telf.: (0212) 551.8081.

Defensoría Nacional de los Derechos de la Mujer Instituto Nacional de la Mujer. Esquina de Jesuitas, Torre Bandagro, piso 1, Telfs.: (0212) 860.8210/11

División contra el Maltrato a la Mujer del Cicpc Plaza Candelaria, Edif. París, piso 7, Candelaria. Telf.: (0212) 576.8719.
0800-MUJER (800-68537)- Inamujer

nrivas@grupo-un.com


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